Resolución del Consejo: Gobernanza de las Unidades Académicas y Sub-Unidades Académicas
El Consejo de la Facultad de Medicina, en su sesión ordinaria del 4 de noviembre de 2026, aprobó la nueva normativa para la Gobernanza de las Unidades Académicas y las Sub-Unidades Académicas de la Facultad de Medicina.
Resolución N.º 71
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 4 DE NOVIEMBRE DE 2026, ADOPTÓ LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
71. (Exp. Nº 071700-000045-24) – Visto la resolución Nº 76 adoptada por el CFM con fecha 09 de octubre de 2024 sobre la reglamentación de las Unidades Académicas y atento a la propuesta elevada por el Sr. Decano, el Consejo de Facultad de Medicina resuelve:
1) Aprobar la nueva normativa para la Gobernanza de las Unidades Académicas y las Sub-Unidades Académicas de la Facultad de Medicina, que luce en la Actuación Nº 7 del presente expediente (Dist. 4382/26).
2) Comunicar esta normativa al Depto. de Personal, a la Dirección y División RR.HH del HC, a la Dirección y Personal del Inst. de Higiene y a la Secretaría del Edificio Parque Batlle y a la Unidad de Comunicación Institucional para su difusión. (11 en 11)
Gobernanza de las Unidades Académicas y Sub-Unidades Académicas de la Facultad de Medicina
Clasificación de Unidades Académicas
Con el propósito de establecer un marco organizativo para las estructuras académicas de la Facultad, se identifican dos categorías de Unidades Académicas (UA): (a) una Unidad Académica simple es aquella UA que ha sido reconocida por el Consejo de la Facultad de Medicina y aprobada por el Consejo Directivo Central, cuya composición consiste en un único equipo docente perteneciente a un mismo campo disciplinario; (b) una Unidad Académica mixta se caracteriza por la integración de dos o más equipos docentes que comparten una afinidad disciplinar o temática, colaborando para llevar a cabo de manera efectiva todas las funciones sustantivas. Su estructura no implica en ningún caso la eliminación de un área disciplinar de competencia en favor de otra.
Dirección
a- Unidades Académicas simples
Las Unidades Académicas simples serán dirigidas por el docente de mayor grado académico dentro de la disciplina debiendo ser éste grado 3 o superior. En caso de existir dos o más docentes con el mismo grado académico, se deberá optar por el de mayor antigüedad dentro del equipo docente. En situaciones donde exista acuerdo dentro de la Unidad Académica, ésta podrá presentar una sugerencia al Consejo de Facultad para la designación del Director/a de la UA.
b- Unidades Académicas mixtas
Las UA mixtas serán codirigidas; cada sub-unidad tendrá su propia dirección, que será asignada siguiendo el mismo criterio que se aplica a las UA simples, es decir, recaerá en el docente de mayor grado académico dentro de la disciplina debiendo ser éste grado 3 o superior. En caso de existir dos o más docentes con el mismo grado académico, se deberá optar por el de mayor antigüedad dentro del equipo docente. En situaciones donde exista acuerdo dentro de la Unidad Académica, ésta podrá presentar una sugerencia al Consejo de Facultad para la designación del Director/a de la UA.
Cada subunidad mantendrá sus funciones docentes y asistenciales. La organización de cargos de la estructura docente y las funciones asignadas deberán ser presentadas al CFM mediante un documento firmado por todos los directores académicos de la Unidad (en el caso de UA mixtas con más de una subunidad). Si no se llega a un consenso, se enviarán informes separados al Consejo de Facultad para su resolución. Este procedimiento deberá emplearse también para las reelecciones de cargos y para futuras designaciones en los cargos actuales.
En las postulaciones a cargos que requieren la presentación de un plan de trabajo, este debe incluir las necesidades y proyecciones de toda la UA en su conjunto, así como las específicas de la subunidad correspondiente. Es obligatorio que cada UA elabore un plan de desarrollo en conjunto por períodos de 3 años, el cual podrá ser modificado cada tres años dependiendo de cambios institucionales o con la renovación de los cargos directivos de las subunidades.
Responsabilidades de las direcciones de las Unidades Académicas
- Liderar el cumplimiento de todas las funciones universitarias.
- Asegurar el cumplimiento de las resoluciones adoptadas por el CFM y dar cuenta del trabajo de la UA en los casos que corresponda.
- Elaborar el plan de desarrollo para la UA durante el periodo de gestión.
- Dar seguimiento al cumplimiento del plan de desarrollo.
- Proponer al CFM los llamados a provisión de cargos docentes (efectivos o interinos) y contrataciones, así como la integración de comisiones asesoras y tribunales y la invitación a docentes extranjeros. En caso de una UA mixta deberá contar con el acuerdo del Director/a de cada subunidad académica de así corresponder.
- Estimular el funcionamiento colectivo de la UA. Establecer y delegar funciones a todo el cuerpo docente acorde a las responsabilidades de su grado, perfil y carga horaria. Si la UA es mixta, deben procurarse todas las acciones necesarias para el máximo desarrollo académico de sus componentes, así como la sinergia académica entre ambas.
- Elevar al CFM todas las solicitudes de gestión académica: renovaciones y re-elecciones de cargos docentes y funcionarios TAS. Frente a las reelecciones docentes acordar con los docentes efectivos sus planes de trabajo (art. 35 y 40 del EPD) que deben de estar conformes al plan de desarrollo de la UA.
- Incentivar la elaboración de proyectos de investigación, enseñanza e institucionales e impulsar la postulación a convocatorias concursables para lograr el financiamiento extra presupuestario.
- Promover la realización de convenios públicos y privados con contrapartidas que aporten fondos para el desarrollo académico de la UA.
- Estimular y orientar al equipo docente a desarrollar actividades de extensión universitaria como función que permite orientar líneas de investigación y planes de enseñanza de la UA, generando compromiso universitario con la sociedad y con la resolución de sus problemas en la comunidad.
- Establecer una metodología de aprendizaje integral y humanizadora como lo establecen los planes de estudio de la facultad.
- Proteger el relacionamiento humano, desarrollar la creación de conocimiento y responsabilizarse del mantenimiento edilicio de los espacios que ocupa, responsabilizarse del cuidado, estado del acervo y equipamiento de la UA.
- Actividades de gestión: Todas las decisiones que involucren la modificación de la estructura de cargos docentes deben contar con la aprobación explícita de las subunidades involucradas.
Plan de desarrollo
Cada UA debe presentar un plan de desarrollo a cinco (5) años, que busque identificar, potenciar y llevar adelante las sinergias académicas dentro de la unidad. El plan debe contemplar los objetivos comunes para todo el equipo docente y los objetivos específicos de cada subunidad en los casos que corresponda.
El Plan debe de ser aprobado por el Consejo de la Facultad, conteniendo la fundamentación y antecedentes de la UA, las líneas estratégicas de la UA: a) Enseñanza de grado y posgrado, b) Investigación, c) extensión, d) Gestión de enseñanza y e) Organización de actividades asistenciales.
Las Unidades pueden tener programas compartidos con otras UA de Facultad de Medicina si así lo justifica su vinculación a la actividad docente, líneas de investigación o extensión. Éstos programas deberán contar con la coordinación de al menos un docente grado 3 efectivo de cada Unidad Académica participante.